México DF, 27 Enero 2012.- Con la modificación al Artículo Octavo de la Ley del Infonavit, a partir de este año si eres pensionado puedes solicitar la devolución del ahorro acumulado en la subcuenta de vivienda, según términos previstos en Ley del Seguro Social de 1973.
Para solicitar la devolución primero tienes que identificar el grupo al que perteneces y la fecha en que podrás iniciar el trámite. Es importante destacar que si aún no has obtenido una pensión o resolución de ésta, por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no puedes solicitar la devolución del recurso.
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) desde el 16 de enero de este año recibe solicitudes de los pensionados que cuentan con una sentencia favorable de un juicio laboral o un amparo indirecto; aquellos con un juicio abierto podrán iniciar su trámite de devolución una vez que se desistan del mismo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o el Juzgado correspondiente.
Si recientemente te pensionaste podrás iniciar el trámite en febrero. Para quienes nunca demandaron la devolución de su subcuenta de vivienda u obtuvieron una resolución en contra, a partir del 11 de julio de este año se darán a conocer los lineamientos para iniciar el trámite de los pensionados que nunca demandaron.
Evita las largas filas y recuerda que puedes ingresar la solicitud vía Infonatel en los números 91.71.50.50 ó 01.800.008.3900 o el sitio de internet www.infonavit.org.mx; no es necesario que acudas a las oficinas del Instituto.
Requisitos
En caso de que el pensionado haya fallecido, el beneficiario tendrá que hacer el proceso de designación ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o autoridad judicial.
Los trabajadores que estén en los grupos 2 y 3, deberán atender los siguientes pasos para solicitar la devolución de su ahorro:
a) Llena la solicitud de devolución. La información será validada por el Instituto.
b) Espera la llamada de un asesor del Infonavit quien te programará una cita en la oficina más cercana a tu domicilio y en el horario más conveniente.
c) Acudir a la cita con la siguiente documentación: Credencial de elector (original y copia); estado de cuenta bancario con no más de dos meses de antigüedad y CLABE interbancaria; laudo o resolución a favor (grupo 2); desistimiento de la demanda (grupo 3).
d) Firmar una Conformidad de Devolución donde da testimonio de que todos los datos son correctos y que está de acuerdo con la cantidad que se le depositará en su cuenta bancaria.
Una vez que firmaste de conformidad, el Infonavit depositará el saldo de la Subcuenta de Vivienda 97. Por seguridad del pensionado, en todos los casos sólo se atenderá al titular de la pensión, dado que debe firmar la conformidad. No lo podrán realizar abogados ni terceros con poder notarial.
Infonavit reitera que todos los trámites relacionados con la devolución de la subcuenta de vivienda son gratuitos.
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